En la sentencia analizada por el autor, la CSJN ha definido de manera concluyente que la resolución judicial previa a la que alude el artículo 52, ley 23.551, sólo puede excluir al representante gremial de la garantía de estabilidad a partir de una cabal comprobación del motivo justificado que el empleador invoque, la que sólo puede hacerse a partir de una concreta especificación en la demanda de la medida que se pretende adoptar pues, de otro modo, los jueces no podrían evaluar si las razones que se alegan guardan relación o proporción adecuada con el despido, la suspensión o la modificación contractual de que se trate.
ISBN: 978-987-30-1285-3
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Toselli, Carlos Alberto
Avatares de la tutela sindical
En: Revista de derecho laboral : actualidad 2018-1. -- Vol. 1, no. 1 (2018). -- Buenos Aires : Rubinzal-Culzoni, 2007 -
En la sentencia analizada por el autor, la CSJN ha definido de manera concluyente que la resolución judicial previa a la que alude el artículo 52, ley 23.551, sólo puede excluir al representante gremial de la garantía de estabilidad a partir de una cabal comprobación del motivo justificado que el empleador invoque, la que sólo puede hacerse a partir de una concreta especificación en la demanda de la medida que se pretende adoptar pues, de otro modo, los jueces no podrían evaluar si las razones que se alegan guardan relación o proporción adecuada con el despido, la suspensión o la modificación contractual de que se trate.
ISBN: 978-987-30-1285-3
1. TUTELA SINDICAL; 2. FALLOS DE LA CORTE SUPREMA; 3. LEY 23.551; 4. MODIFICACION DEL CONTRATO DE TRABAJO; 5. DESPIDO