El Convenio núm. 190 y la Recomendación núm. 206 son las primeras normas internacionales del trabajo que proporcionan un marco común para prevenir, remediar y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluidos la violencia y el acoso por razón de género. El Convenio incluye, por primera vez en el derecho internacional, el reconocimiento específico del derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, y establece la obligación de respetar, promover y asegurar el disfrute de este derecho (art. 4, 1).
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Organización Internacional del Trabajo (OIT)
El Convenio núm. 190 y la Recomendación núm. 206 en pocas palabras [Recurso Electrónico]. -- Ginebra : OIT, 2020
El Convenio núm. 190 y la Recomendación núm. 206 son las primeras normas internacionales del trabajo que proporcionan un marco común para prevenir, remediar y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluidos la violencia y el acoso por razón de género. El Convenio incluye, por primera vez en el derecho internacional, el reconocimiento específico del derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, y establece la obligación de respetar, promover y asegurar el disfrute de este derecho (art. 4, 1).
1. Documento en Internet; 2. VIOLENCIA LABORAL; 3. ACOSO LABORAL; 4. CONVENIO DE LA OIT 190 - COMENTARIO; 5. RECOMENDACION DE LA OIT 206 - COMENTARIO; 6. PUB OIT